sábado, 4 de mayo de 2013

Concursos Mercantiles

Se dan cuando una sociedad no puede cubrir todas sus deudas por lo que concurren a los acreedores el pago, se podría decir que es la Quiebra de las Sociedades para esto se hace la Prelación de Créditos donde se ve a quien de los acreedores se les va a pagar primero. Primero se tiene que pagar los Créditos Preferenciales los cuales son:
  • Derechos Sociales:           Sueldos y salarios de los empleados
                                            Alimentarios.- pensiones alimentarias a esposas de
                                                                   los empresarios
  • Derecho Publico:              Fiscales.- pago a la SHCP y el IMSS
  • Derecho Mercantil:           Deudas.- de acuerdo a la antigüedad que estas tengan
                                                           repartiéndose proporcionalmente ya que no
                                                           puede alcanzar el pagar por completo las
                                                           deudas por lo que necesariamente se le
                                                           tiene que pagar a cada acreedor por lo
                                                           menos el 40%. Tienen que estar reconocidas
                                                           las deudas por parte de acreedor para que
                                                           le puedan pagar la misma.
Para que una sociedad se considere que esta en Quiebra tiene que tener vencido el 30% de sus obligaciones y que sus activos no puedan pagara el 80% de las deudas que adquirió.
Las etapas de estos Concursos Mercantiles son:
  1. El Juez acude al domicilio de la Sociedad.
  2. Firman en contrato que dura 185 días llamado Consilación
  3. Se empiezan a vender los bienes de la sociedad para pagar sus deudas.
Las personas que intervienen son:
  • Juez.- Es quien determina si la sociedad esta en Quiebra y realiza el Remate de los bienes de la sociedad para pagar las deudas.
  • Sindico.- Es quien se encarga de la sociedad una vez declarada en quiebra, es como el tutor, puede hacer actos de comercio de la sociedad y es designado por el Juez.
  • Interventor.- Es asignado por los acreedores para vigilar la entrada y salida del efectivo que tiene la sociedad y cuidar y ver el pago de los mismos.
Para realizar el Remate de los bienes de la sociedad se hace un publicado donde los que asistan tienen que tener por lo menos el 20% del valor de los bienes que es el mínimo para empezar la subasta, en dado caso de que no exista persona que compre los bienes se le da a los acreedores lo que ocasiona una disminución de la deuda que la sociedad tenga con él.

Asociación en Participación

¿Qué es?

De acuerdo con el Artículo 252 de la Ley General de Sociedades Mercantiles es:


  • Un contrato por el cual una persona concede a otras que le aportan bienes o servicios, una participación en las utilidades y en las perdidas de una negociación mercantil o de una o varias operaciones.
 


Las personas que participan en este contrato son:
  • Asociante.- es la empresa que desarrolla contratos mercantiles.
  • Asociado.- es quien brinda el apoyo y obtiene parte de las ganancias, perdidas o riesgos, es el dueño titular de un bien, nunca va a formar parte de la empresa que ayuda.
Este contrato se da de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y esto lo hacen para poder evadir las obligaciones fiscales que conlleva celebrar este tipo de contrato.

Se le conoce también como "Asociación de Apoyo" o "Ayuda a la Sociedad" y es de carácter temporal que no tiene personalidad jurídica, carece de una estructura orgánica.