¿Qué es una Sociedad?
Es un conjunto o grupo de personas que tienen un fin en común. Por ejemplo: el Estado cuyo fin es el bienestar general del pueblo.
Artículo 9 Constitucional:
Nos dice del fundamento de Asociación que tenemos todas la personas que pueden ser:
- Derecho de Reunión.- es la posibilidad de estar en un lugar de manera temporal pero no produce la creación de una persona moral.
- Derecho de Asociación.- es el posibilidad de estar en un grupo de personas de carácter permanente o de manera estable creando así una persona jurídico moral distinta a cada uno de los socios.
¿Qué es un Contrato?
Es un acuerdo de voluntad entre 2 o mas personas para crear y transmitir derechos y obligaciones.
Objeto Social.- tienen que tener un fin para poder constituir una Sociedad o Asociación.
Los Contratos de Sociedad Mercantil por ley deben ser:
- Consensuales ----> que no requieren estar en forma escrita ya que el importe que realizan es pequeño o menor.
- Formales ----> son los que la Ley exige que se celebren en forma escrita y estos a su vez se dividen en:
° Escrito Privado.- donde no se requiere la intervención de un Notario Publico. Por ejemplo la compra de una Auto.
° Escrito Público.- se requiere que intervenga un Notario Publico para que le de legalidad al contrato. Por ejemplo la compra de un Inmueble.
- Solemnes ----> se requiere la forma escrita y a parte una serie de solemnidades para elaborarlo. Por ejemplo un Matrimonio.
Contrato Mercantil:
Es un Contrato Formal ya que se tiene que hacer de manera escrita y publica donde existen 2 funcionarios que tienen fé pública el cual le otorga el estado, estos funcionarios son:
- Notario Público.- que puede celebrar diferentes tipos de contratos ademas de los mercantiles.
- Corredor Público.- quien nada mas se dedica a celebra contratos mercantiles relacionados con los Actos de Comercio.
Acta Constitutiva:
Es el documento público donde consta el contrato que se constituye ante Notario Público, también llamado Primer Testimonio que es la primera copia certificada que te entrega el Notario al momento de la constitución de la Sociedad.
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